Finalidad del Blog
Creemos firmemente en que los conocimientos no sólo se imparten, sino que también son creados y realimentados desde la experiencia personal y grupal. Es así que se propone este blog para la discusión, ampliación y profundización de los temas impartidos en el aula. De esta manera en este sitio encontrarás definiciones, ejercicios, preguntas, respuestas y todo lo que atañe al programa de nuestras materias contables.También se publicarán aportes, trabajos y curiosidades que si bien no son estrictamente de la materia, creemos que aportan al conocimiento general.Gracias a todos por los aportes que seguramente nos harán llegar.
ADELANTE. Te invitamos también a colaborar con la construcción de este espacio, planteando tus dudas o respondiendo también a las cuestiones planteadas por otros compañeros.
miércoles, 30 de abril de 2008
CONSULTAS
Por lo pronto este será el espacio para las consultas. Y no esperen la única y lineal respuesta del profesor... hay que animarse a más...
Recuerden que el conocimiento no es propiedad de quien lo posee, sino de quien puede hacer uso del mismo, entonces, no duden en plantear su pregunta pero por sobre todo en comentar, si lo saben, cuál creen que puede ser la respuesta a las preguntas planteadas por sus compañeros.
hola santi che me surgio un duda las limitaciones del poder tributaruçio son las de la constitucion igulkdad no cnfiscatoriedad proporcinalidad eteçcetcetc ??' respondeme no t ehortives
ResponderEliminarhahajjdkahdjka
si, las limitaciones al poder tributario son los principios constitucionales de la tributación.
ResponderEliminarSaludos
profe ten piedad de nosotros en la prueba.
ResponderEliminarqueremos terminar el secundaria jaja
bueno por lo menos yo si.
pero no de verdad, a mi me re cueesta la contabilidad y quiero que me vaya bien
me voy a re esforzar para esta prueba.
Flor. con un poquito de tiempo voy a subir algun ejercicio de ejemplo y de práctica para la evaluación.
ResponderEliminarSaludos.
profe:
ResponderEliminarQuería sacarme una duda sobre la definicion de impuestos periódicos, yo entendí lo siguiente:
un impuesto periódico es aquel impuesto que se cumple luego de distintas etapas en el pago, se establece un tiempo y una cantidad de etapas para su cumplimiento.
¿esta bien esta definición?
gracias. Juan Epstein.
HOla Juan, mirá, el tema es sencillo, pero hay que tener en cuenta un concepto clave que es el de hecho imponible, entonces un impuesto va a ser periódico cuando por un mismo hecho imponible cobren mas de una vez. Esto ocurre por ejemplo con el impuesto automotor ya que por el mismo hecho imponible (la propiedad del vehículo) hay que pagar en varias oportunidades. No ocurre lo mismo con, por ejemplo, el impuesto a las ganancias en donde por un hecho imponible (por ejemplo las ganancias del año 2008) se abona una única vez impuesto.
ResponderEliminarhola soy ezequiel y queria saber si me aclara bien la definicion de los cheques no a la orden¿¿¿¿
ResponderEliminarHola mi nombre es carolina, y necesitaba un buen resumen que me brinde la información necesaria para entender todo sobre el tema de previsiones. Desde ya muchas gracias, Carolina Belén.
ResponderEliminarprofe:
ResponderEliminarbuenas.. escribo para preguntar si ya subio el resto del ejercicio dado en clase que quedo para tarea porque no lo encuentro.. o si lo va a subir. Gracias. Mati.